EL 28 DE ENERO DIA SIN CARRO EN SANTA MARTA


Por. VĆ­ctor Garavito

A partir de las 7:30 de la mañana y hasta las 5:00 de la tarde se realizarÔ el día sin carro, el próximo 28 de enero en Santa Marta.

La medida tomada por la alcaldesa Virna Lizzi Johnson Salcedo, entra como una acción climĆ”tica frente al calentamiento global y estĆ” coordinada por el Departamento Administrativo Distrital de Sostenibilidad Ambiental –Dadsa-; de esta forma, el Distrito se une al DĆ­a Mundial por las Reducciones de las Emisiones de Bióxido de Carbono -CO2-, que se conmemora cada 28 de enero.

De ahí que, 62.582 vehículos saldrÔn de circulación, por lo que se espera obtener una reducción sensible de gases contaminantes que afectan la ciudad; ademÔs, que los samarios busquen medios alternativos de transporte limpio, cuya utilización solo alcanza un 2% en la capital del Magdalena. Por otro lado, para garantizar el transporte de los samarios, ese día se suspende el pico y placa para taxis; por lo que 3.485 vehículos de servicio público rodaran en Santa Marta, ademÔs de los 672 buses urbanos.

Para el dƭa sin carro, la Alcaldƭa Distrital ha organizado puntos saludables, encuentros culturales y carriles exclusivos para quienes opten por caminar en este dƭa o movilizarse a travƩs de patines, patinetas o vehƭculos elƩctricos.

En lo que respecta al inventario de emisiones en Santa Marta, realizado por el Dadsa en el 2018, concluyó que los automóviles emiten el 42% de óxidos de nitrógeno, seguido de camiones con un 27.8% y de buses con un 23.9% por el uso de diésel.

Igualmente, los automóviles aportan un 41% de las emisiones de CO2, los camiones un 26% y los buses el 25%.

Rueda de Prensa del DĆ­a Sin Carro
Sanciones

La Oficina de TrÔnsito interpondrÔ comparendos pedagógicos e inmovilizarÔn los vehículos particulares de las personas que no cumplan el decreto. La Secretaría de Movilidad ha manifestado que al día siguiente podrÔn realizar los trÔmites pertinentes para retirar de los patios los vehículos inmovilizados durante el día sin carro.

VehĆ­culos exentos

1. Transporte pĆŗblico.

2. Vehículos y motocicletas conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte.

3. VehĆ­culos y motocicletas de emergencia.

4. Vehículos de transporte escolar de propiedad de instituciones educativas y únicamente cuando sean empleados para el transporte de sus estudiantes. Estos deberÔn operar y estar plenamente identificados de conformidad con las normas que regulan el transporte escolar.

5. Vehƭculos de transporte con capacidad para movilizar mƔs de diez (10) pasajeros.

6. VehĆ­culos y motocicletas destinados a operativos de las empresas de servicios pĆŗblicos domiciliarios.

7. Vehículos y motocicletas destinados al control del trÔfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad. 8. Vehículos y motocicletas militares, Policía Nacional y de organismos de seguridad del Estado.

9. Vehƭculos y motocicletas asignados al cuerpo diplomƔtico.

10. VehĆ­culos con blindaje de nivel tres (3) o superior.

11. Vehƭculos y motocicletas propulsados exclusivamente por motores elƩctricos.

12. Vehículos y motocicletas escolta que estén al servicio de actividades inherentes a la protección de personas debidamente autorizados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada o que hagan parte de esquemas de seguridad autorizados por los organismos del Estado, y sólo durante la prestación del servicio.

13. Carrozas fĆŗnebres.

14. Motocicletas vinculadas a empresas que prestan el servicio de mensajería debidamente identificadas, o con logos y/o distintivos pintados o adheridos al vehículo y/o plena identificación del conductor del vehículo.

FotografĆ­a: Archivo actualidad regional y Oficina de Prensa de la AlcaldĆ­a Distrital de Santa Marta, enero de 2020.

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