DISTRITO PROMUEVE ELECCIONES DE JUNTAS DE ACCIÓN COMUNAL
Por. Víctor Garavito
El Distrito de Santa Marta para darle cumplimiento Ley 743 del 5 de junio del 2002, que desarrolló el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismos de acción comunal, estableció el cronograma de elecciones de esta instancia de participación comunitaria.
En la ciudad hay 273 JAC con personería jurídica vigente, quienes elegirán sus representantes para el periodo 2020 -2024.
Por su parte, el presidente de la Federación Comunal de Santa Marta, Rafael Armando Guerra Campo, quien agradeció a la alcaldesa, precisó que a todos los interesados en participar en el proceso eleccionario y "de acuerdo a la autonomía comunal y para la transparencia de los comicios", colocará un instructivo para la constitución de JAC, que pueden solicitar al correo rafael.guerracampo89@gmail.com.
Rafael Armando Guerra Campo, Presidente de la Federación Comunal de Santa Marta |
En el artículo 6 de la Ley 743, define como acción comunal “una expresión social organizada, autónoma y solidaria de la sociedad civil, cuyo propósito es promover un desarrollo integral, sostenible y sustentable construido a partir del ejercicio de la democracia participativa en la gestión del desarrollo de la comunidad”.
Así mismo señala que son entidades de primer grado y en su artículo 8 precisa que “es una organización cívica, social y comunitaria de gestión social, sin ánimo de lucro, de naturaleza solidaria, con personería jurídica y patrimonio propio, integrada voluntariamente por los residentes de un lugar que aúnan esfuerzos y recursos para procurar un desarrollo integral, sostenible y sustentable con fundamento en el ejercicio de la democracia participativa.
Elecciones
Finalmente, trascendió que la Alcaldesa Virna Lizi Johnson salcedo expedirá un decreto convocando oficialmente a las JAC a la realización de sus elecciones.
Fotografías: Archivo actualidad regional, 2020.
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