DISTRITO PRORROGA POR 10 DÍAS EL TOQUE DE QUEDA, EL PICO Y CÉDULA Y LA LEY SECA


Con el Decreto 090 del 2 de mayo, expedido por el Distrito de Santa Marta, se prorrogó hasta el 13 de mayo el toque de queda, el “Pico y Cédula” y la ley seca; la medida modifican el Decreto 083, del 19 de abril para contener la propagación del Covid-19. 

De tal forma, que desde las 5:00 a.m. de este lunes 3 de mayo, hasta las 5:00 a.m. del jueves 13 de mayo de 2021, se decreta toque de queda, por lo que se restringe de manera transitoria, obligatoria y preventiva, la movilidad de personas y circulación de vehículos por vías y lugares públicos de la zona urbana y rural de Santa Marta, en el horario comprendido entre las 6:00 p.m., y las 5:00 a.m. todos los días de la semana.  

Por está razón, los ríos, playas y balnearios, así como los establecimientos de comercio, incluyendo los gastronómicos, grandes superficies, supermercados, tiendas de cadenas, locales comerciales, tiendas de barrios, y todos los espacios en los que se desarrollen actividades comerciales en Santa Marta, estarán abiertos al público de manera presencial hasta las 5:00 p.m. 

Se exceptúan de esta restricción los servicios domiciliarios de droguerías, la movilidad del personal de la salud, vigilancia y de servicios que permitan el normal funcionamiento del Estado. Las personas que desarrollen las actividades antes mencionadas deberán estar acreditadas o identificadas en el ejercicio de sus funciones o actividades. 

También quedarán exceptuadas aquellas personas que se desplacen por causa de fuerza mayor o caso fortuito, o con motivo de urgencias médicas o veterinarias y se permite el tránsito de personas o vehículos que salgan o retornen a la ciudad, circunstancia que debe estar debidamente acreditada. 

“Pico y Cédula” 


Las personas deberán portar la cédula de ciudadanía y/o documento de extranjería o pasaporte y para la adquisición de bienes y servicios. 

Excepciones 

Son 43 actividades las que están excentas de las restricción de “Pico y Cédula”, como los servicios domiciliarios de droguerías, restaurantes, la movilidad del personal de la salud, vigilancia y de servicios que permitan el normal funcionamiento del Estado; así mismo, las personas que se desplacen por causa de fuerza mayor o caso fortuito, por una urgencias médicas o veterinarias; además, la movilidad de personas que se desempeñen como trabajadores de servicio genersles de limpieza y aseo, incluyendo el doméstico y servicio de lavandería. 

De la misma forma, la medida exectua del “Pico y Cédula” a los clientes y huéspedes que se desplacen e ingresen a restaurantes y hoteles respectivamente, para lo cual, se requerirá que las personas que se movilicen con este propósito cuenten con el soporte de la reserva física o electrónica. 

Ley Seca 

El Distrito prohibe el consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos y establecimientos no autorizados desde las 5:00 a.m. del lunes 3 de mayo hasta las 5:00 a.m. del jueves 13 de mayo de 2021. Esta medida no aplica para restaurantes. 

De otra parte, se prorrogan hasta el 13 de mayo las condiciones para la prestación del transporte público de pasajeros en Santa Marta, donde los buses de servicio colectivo y mixto deben limitar la capacidad transportadora al número de sillas del vehículo, es decir, que no se permitirá el traslado de pasajeros de pie. 

Los taxis no deben habilitar la silla del copiloto y los vehículos de transporte especial únicamente podrán prestar sus servicios a grupos homogéneos debidamente contratados. 

Sitios Turísticos 

El Distrito habilitó el uso de las playas, ríos y balnearios de Santa Marta, incluyendo el Parque Nacional Natural Tayrona, de acuerdo con el aforo permitido, y en los horarios de 09:00 a.m., hasta las 05:00 p.m. Para su uso se requerirá, en el caso de integrantes de un mismo núcleo familiar, que al menos uno de ellos cumpla con el pico y cédula; y para grupos de turistas, deberán contar con el soporte de la reserva de su lugar de hospedaje con un máximo permitido de 4 personas. 

Decreto

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