MEDIDAS PARA EL RETORNO DE ACTIVIDADES COTIDIANAS EN MEDIO DE LA PANDEMIA DEL COVID-19


Con el Decreto 105 del 31 de mayo de 2021, que entró en vigor hoy 1 de junio y el 1 de septiembre, se adopta lo dispuesto por el Gobierno Nacional en el Decreto 580 del Ministerio del Interior, que estableció la reactivación progresiva de las actividades económicas, sociales, por lo cual el Ministerio de Salud y Protección Social expedirá los criterios y condiciones que las permitan. 

La norma establece para quienes residan o visiten Santa Marta, deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad para la disminución de la propagación de la pandemia y el contagio en las actividades cotidianas; así mismo, son obligatorias en entidades y establecimientos comerciales privadas y públicas; su incumplimiento a las sanciones penales previstas en los artículos 368 y 369 del Código Penal y en la Ley 1801 de 2016. 

Cierre de Playas 

Se modifica el artículo primero del Decreto 014 del 25 de enero de 2021 y ahora dispone de un día de descanso y oxigenación para las playas marítimas y fuentes hídricas y se será el segundo miércoles de cada mes, con excepción del Parque Nacional Natural Tayrona. 

Levantamiento de Restricciones 

El Decreto 580 del Gobierno Nacional de este 31 de mayo señala que sólo los municipios y distritos con ocupación Uci por encima del 85% pueden tener restricciones y el Distrito se encuentra por debajo de ese porcentaje de ocupación en unidades de cuidados intensivos, por lo que únicamente rige el autocuidado y el aislamiento responsable por lo que se deroga el ‘Pico y Cédula’ así como el Toque de Queda, según lo dispuesto por el Gobierno Nacional.

Decreto 105 del 31 de mayo

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